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Alcance de los datos: 2022 - 2024
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Resumen: La Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros estableció, a través de las resoluciones 194/2022 y 196/2022, la obligatoriedad de informar mensualmente la dotación de recursos humanos de las jurisdicciones y entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.; Incluye a las empresas del Estado, las sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresarias en las cuales el Estado Nacional tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, como así también a los Fondos Fiduciarios total o mayoritariamente integrados con bienes y/o fondos del Estado nacional comprendidos en los incisos b) y d) del mencionado artículo.

Palabras claves:
PERSONAL; ADMINISTRACION PUBLICA; RECURSOS HUMANOS; ESTADO. . EMPRESAS DEL ESTADO; SOCIEDADES DEL ESTADO



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